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habitaclia.com Barcelona

29 de diciembre de 2017

Pulse en el enlace a continuación , para ver

en el mapa de Google Maps  , Agencia inmobiliaria , cerca de su localización actual

para que usted pueda elegir , el local que mas le interese por cercania o por que

ya lo conoce

Vea Agencia inmobiliaria, cerca de usted .

Le ofrecemos aqui la ficha completa de

habitaclia.com

Categoria del local Agencia inmobiliaria

Dirección

Carrer de la Ciutat de Granada, 150, 08018 Barcelona

 

Localidad / Ciudad : Barcelona

 

Provincia  :

 

Pagina web :habitaclia.com

 

habitaclia.com

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Telefono : 935 76 55 00
Pulse aqui para llamar al telefono 935 76 55 00

 

email :-
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Si acaso este local no tiene pagina web , como suele ocurrir en muchos negocios

usted tiene ahora la oportunidad de buscar lo , por su nombre en internet

de esta manera , si el local tiene redes sociales , con su nombre , podrá ver la información

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de este centro en internet habitaclia.com en Barcelona

 

Valoración media de todos los comentarios

de los usuarios de google maps : 3,4

 

¿ que cantidad de opiniones de los usuarios de google maps 

tiene este local ? : 242

 

Opiniones de los usuarios de google maps :

Isabela Monica Tarta (2)
Nadie de Habitaclia no se ha dado cuenta hasta día de hoy que no se ve todo el texto de los anuncios? Que para nada se matan en ofrecer detalles ya que no se puede leer correctamente? NADIE NUNCA?!?

Sílvia Martínez (1)
La verdad que hacía años que no entraba, ahora que vuelvo a buscar piso, la web no me resulta intuitiva, te da búsquedas que no pones y el colmo ha sido dar de alta las alertas de búsqueda. Me envían de todo menos lo que especifiqué y demasiados mails al día. Hay más buscadores y al final están todos los pisos que tienen en otras plataformas. Decepcionada porque me hania funcionado bien anteriores.

Ventura Gileto SA (2)
Dificil el acceso a la web pues tarda en cargarse por ordenador.Las busquedas no se ciñen a los parametros que marqué y me aparecen ofertas de zonas próximas que no me interesan.Si cuelgas un anuncio no es posible modificar algunos campos del mismo .Algun anunciante ,a pesar de solicitar pir el poetal contactar no lo hacen y si ko hacen tardan mucho. Havría que mejorar las situaciones descritas.

Ana López (1)
El anuncio por el que me interesé estoy casi segura de que es una estafa. Deberían comprobar la veracidad de los datos porque pueden ser vehículo facilitador.

Alex S. (4)
Página muy completa donde poder encontrar tu próxima vivienda, ya sea de alquiler o compra. Fácil manejo de la web y fácil comprensión. Es muy rápido el contacto con el propietario o inmobiliaria del inmueble.

Tatiana Ma Gutierrez (4)
Muy buena atención al cliente

Las anteriores son opiniones que los usuarios han dejado en el sitio de google maps del local.

No nos hacemos responsables de dichas opiniones.

Horario y dias de apertura : les recomendamos llame por telefono para asegurarse

que estos son los horarios actuales


 

 

 

 

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Se consideran bienes inmuebles o bienes raíces todos aquellos bienes por estar ligados al suelo no se mueven. Están asociados física o jurídicamente al terreno. Para efectos jurídicos registrales, en algunas legislaciones los buques y las aeronaves tienen consideración semejante a la de los bienes inmuebles.

El diccionario Panhispánico del español jurídico los define como: «Desde el punto de vista catastral, porción de suelo o parcela enclavada en un término municipal y cerrada por una línea poligonal que delimita el ámbito espacial del derecho de propiedad de dicha parcela y, en su caso, de las construcciones situadas en la misma»1

Tipos de bienes inmuebles

Los bienes inmuebles se pueden clasificar en:

  • Bienes inmuebles por naturaleza, como el suelo y subsuelo.
  • Bienes inmuebles por incorporación, como construcciones.
  • Bienes inmuebles por destino, aquellas cosas muebles que favorecen o benefician al inmueble al que sirven, como utensilios de labranza o minería (ej.: artículo 570 del Código Civil de Chile).2

Inmuebles y derecho civil:

En Derecho civil, la distinción entre bienes muebles e inmuebles lleva aparejada diferentes consecuencias jurídicas, entre las que cabe destacar, sin ánimo de exhaustividad, las siguientes:

  • Los bienes inmuebles pueden ser inscritos en un Registro de la propiedad, lo que ofrece una mayor protección a los titulares de derechos sobre ellos.
  • Los bienes inmuebles son el principal objeto de la garantía hipotecaria.
  • Los plazos de usucapión o prescripción adquisitiva para los inmuebles son mayores que los exigidos para las cosas muebles.

No obstante, la protección jurídica privilegiada de la que, históricamente, han disfrutado los bienes raíces y que se justificaba por su mayor importancia económica, ha ido extendiéndose hacia algunos bienes muebles de especial valor. Consecuencia de ello es la protección registral otorgada a aviones, buques u otras cosas singulares, así como la posibilidad de que puedan ser objeto de hipoteca mobiliaria.3

Derecho fiscal de los bienes inmuebles

En derecho fiscal un bien inmueble puede estar sujeto a uno o varios impuestos:

  • Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI)tributo o contribución de carácter directo y naturaleza real que grava la propiedad de una finca. Se paga anualmente, en función del valor catastral o avalúo fiscal asignado al inmueble.
  • Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana: tributo de carácter directo que grava el incremento de valor de los terrenos urbanos que se pone de manifiesto como consecuencia de su transmisión. Su cuantía dependerá de los años transcurridos desde el anterior cambio de titularidad, del municipio en que se encuentre y dentro del propio municipio de su ubicación en el mismo.
  • Impuesto sobre la renta: tributo de carácter directo y naturaleza personal que grava la renta de las personas físicas. En este impuesto se grava la titularidad de bienes inmuebles cuando no son utilizados por su propietario y no producen ingresos. Se trata, por tanto, de una «renta presunta» que, con carácter general, supone la integración en la base imponible del impuesto, en concepto de rendimientos del capital inmobiliario, del 2 por ciento de su valor catastral. Además, en los casos de transmisión de inmuebles, la plusvalía obtenida queda gravada también en concepto de ganancia patrimonial.
  • Impuesto sobre el patrimonio: tributo directo de carácter personal que grava el patrimonio neto de las persona físicas. En tanto que los inmuebles entran a formar parte de ese patrimonio neto, quedan gravados también por este impuesto.