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ProntoPiso Bizkaia Guecho

30 de diciembre de 2017

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Le ofrecemos aqui la ficha completa de

ProntoPiso Bizkaia

Categoria del local Agencia inmobiliaria

Dirección

Juan Bautista Zabala Kalea, 12, 4 planta, 48991 Getxo, Biscay

 

Localidad / Ciudad : Guecho

 

Provincia  :Biscay

 

Pagina web :bizkaia.prontopiso.com

 

bizkaia.prontopiso.com

Pulse aqui para ir a la pagina web

 

Telefono : 656 72 73 13
Pulse aqui para llamar al telefono 656 72 73 13

 

email :[email protected]
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Si acaso este local no tiene pagina web , como suele ocurrir en muchos negocios

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Valoración media de todos los comentarios

de los usuarios de google maps : 5,0

 

¿ que cantidad de opiniones de los usuarios de google maps 

tiene este local ? : 32

 

Opiniones de los usuarios de google maps :

Felix Otaduy (5)
Buenas
Me gustaría agradecer la profesionalidad de Ana , Idoia e Izaskun.
Ana fue muy activa y conseguimos nuestro objetivo , vender el piso a buen precio.

Muchas gracias

María José Orihuela (5)
Excelente gestión y profesionalidad en la venta de nuestro inmueble por parte de Ana Artabe e Idoia Calonge. Destacamos especialmente los informes enviados sobre el progreso de la venta, la disponibilidad para resolver nuestras dudas y el trato amable y profesional. Gracias!

Goizalde Eguen Garcia (5)
Un día decidí poner en alquiler mi vivienda. Como no, al poner el anuncio me llamaron un montón de inmobiliarias, entre otras, inmobiliaria Pronto Piso, concretamente Elena. Yo no la conocía, pero al hablar con ella me inspiro confianza. Así que quedamos y me busco una inquilina con el perfil que buscaba. En menos de una semana tenía el piso alquilado, con un contrato bien redactado y con un largo inventario fotográfico. Elena me comentó que ella me acompañaria hasta el final del contrato, la verdad que no lo esperaba, pero unos días antes de terminar el contrato con la inquilina sonó el teléfono. Se intereso de cómo habían ido las cosas y fijamos un día y una hora para volver a la vivienda y ver cómo me lo entregaban. La verdad que el que ella me hubiera acompañado, me vino muy bien. Estoy segura que yo solo no lo hubiera hecho tan bien con la inquilina. Y más cuando a veces no encuentras las cosas del todo bien. Así que, no puedo estar más encantada de haberla conocido. Si tenéis dudas de con quién alquilar o vender vuestra vivienda os recomiendo a Elena. 100% recomendable. Gracias de nuevo Elena.

Julio Zubiria (5)
Quisiera con estas líneas agradecer el excelente trabajo de asesoramiento recibido de Elena Olano y Ana Artabe , que con su experiencia y buen hacer me han permitido tomar una decisión en la venta de un inmueble. De nuevo gracias a las dos por la gran ayuda recibida y por vuestra atención. Es dificil tomar una decisión sin un buen asesoramiento y este lo ha sido.

Eduard Ruiz (5)
Un excelente trabajo a la hora de alquilar, todo muy trabajado, todo al detalle, organizado. Muy recomendable.. Ana Artabe

David Henales (5)
Perfecta gestión y profesionalidad en la venta de nuestro piso por parte de Ana Artabe e Idoia Calonge. Ambas con un trato cercano pero profesional y muy conocedoras del mundo inmobiliario en el que se mueven. Sin duda para recomendar.

Las anteriores son opiniones que los usuarios han dejado en el sitio de google maps del local.

No nos hacemos responsables de dichas opiniones.

Horario y dias de apertura : les recomendamos llame por telefono para asegurarse

que estos son los horarios actuales

lunes, De 10:00 a 19:00; martes (Fiesta Nacional de España), Cerrado, Horario en festivo; miércoles, De 10:00 a 19:00; jueves, De 10:00 a 19:00; viernes, De 10:00 a 18:00; sábado, Cerrado; domingo, Cerrado

 

 

 

 

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Se consideran bienes inmuebles o bienes raíces todos aquellos bienes por estar ligados al suelo no se mueven. Están asociados física o jurídicamente al terreno. Para efectos jurídicos registrales, en algunas legislaciones los buques y las aeronaves tienen consideración semejante a la de los bienes inmuebles.

El diccionario Panhispánico del español jurídico los define como: «Desde el punto de vista catastral, porción de suelo o parcela enclavada en un término municipal y cerrada por una línea poligonal que delimita el ámbito espacial del derecho de propiedad de dicha parcela y, en su caso, de las construcciones situadas en la misma»1

Tipos de bienes inmuebles

Los bienes inmuebles se pueden clasificar en:

  • Bienes inmuebles por naturaleza, como el suelo y subsuelo.
  • Bienes inmuebles por incorporación, como construcciones.
  • Bienes inmuebles por destino, aquellas cosas muebles que favorecen o benefician al inmueble al que sirven, como utensilios de labranza o minería (ej.: artículo 570 del Código Civil de Chile).2

Inmuebles y derecho civil:

En Derecho civil, la distinción entre bienes muebles e inmuebles lleva aparejada diferentes consecuencias jurídicas, entre las que cabe destacar, sin ánimo de exhaustividad, las siguientes:

  • Los bienes inmuebles pueden ser inscritos en un Registro de la propiedad, lo que ofrece una mayor protección a los titulares de derechos sobre ellos.
  • Los bienes inmuebles son el principal objeto de la garantía hipotecaria.
  • Los plazos de usucapión o prescripción adquisitiva para los inmuebles son mayores que los exigidos para las cosas muebles.

No obstante, la protección jurídica privilegiada de la que, históricamente, han disfrutado los bienes raíces y que se justificaba por su mayor importancia económica, ha ido extendiéndose hacia algunos bienes muebles de especial valor. Consecuencia de ello es la protección registral otorgada a aviones, buques u otras cosas singulares, así como la posibilidad de que puedan ser objeto de hipoteca mobiliaria.3

Derecho fiscal de los bienes inmuebles

En derecho fiscal un bien inmueble puede estar sujeto a uno o varios impuestos:

  • Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI)tributo o contribución de carácter directo y naturaleza real que grava la propiedad de una finca. Se paga anualmente, en función del valor catastral o avalúo fiscal asignado al inmueble.
  • Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana: tributo de carácter directo que grava el incremento de valor de los terrenos urbanos que se pone de manifiesto como consecuencia de su transmisión. Su cuantía dependerá de los años transcurridos desde el anterior cambio de titularidad, del municipio en que se encuentre y dentro del propio municipio de su ubicación en el mismo.
  • Impuesto sobre la renta: tributo de carácter directo y naturaleza personal que grava la renta de las personas físicas. En este impuesto se grava la titularidad de bienes inmuebles cuando no son utilizados por su propietario y no producen ingresos. Se trata, por tanto, de una «renta presunta» que, con carácter general, supone la integración en la base imponible del impuesto, en concepto de rendimientos del capital inmobiliario, del 2 por ciento de su valor catastral. Además, en los casos de transmisión de inmuebles, la plusvalía obtenida queda gravada también en concepto de ganancia patrimonial.
  • Impuesto sobre el patrimonio: tributo directo de carácter personal que grava el patrimonio neto de las persona físicas. En tanto que los inmuebles entran a formar parte de ese patrimonio neto, quedan gravados también por este impuesto.